En las últimas dos semanas, el proceso legislativo para emitir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión ha generado mucho revuelo. La iniciativa encendió las alarmas especialmente entre los medios de comunicación porque el dictamen incluye una agravante, en la fracción V del artículo 17 de la nueva ley, que incrementa las penas de prisión cuando se utilicen “dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico”.En las últimas dos semanas, el proceso legislativo para emitir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión ha generado mucho revuelo. La iniciativa encendió las alarmas especialmente entre los medios de comunicación porque el dictamen incluye una agravante, en la fracción V del artículo 17 de la nueva ley, que incrementa las penas de prisión cuando se utilicen “dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico”.

Ahora cualquiera podría ser extorsionador

En las últimas dos semanas, el proceso legislativo para emitir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión ha generado mucho revuelo. La iniciativa encendió las alarmas especialmente entre los medios de comunicación porque el dictamen incluye una agravante, en la fracción V del artículo 17 de la nueva ley, que incrementa las penas de prisión cuando se utilicen “dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico”.

El alcance con el que se redactó esta fracción, hace evidente que sus redactores tenían un interés activo en que no se les escapara un solo medio de comunicación.

Con este texto legal, no sólo entran la televisión, la radio y todas las aplicaciones, plataformas, redes sociales y páginas de Internet, sino que también se incluyen periódicos, revistas, libros, código morse y hasta señales de humo. En estricto sentido, ni los post-its la libran.

El problema no se limita a esta agravante, que no tiene justificación alguna, sino que se extiende a la definición misma del delito de “extorsión”, que es todavía más amplia. De acuerdo con la minuta publicada en la Gaceta de la Cámara de Diputados del 25 de noviembre de 2025, el artículo 15 de la nueva ley considera como extorsionador a quien “sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro o causando a alguien un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico”. Si consideramos todas las veces que se utiliza la palabra “o”, como conjunción disyuntiva, entonces tenemos que cualquiera que obligue a otro a tolerar algo, que cause un daño psicológico a alguien, está extorsionando. Si un influencer critica una marca de refrescos, y uno de sus seguidores se siente ansioso al leer la publicación, procede cárcel para el influencer. Ya ni hablemos de la crítica política.

Más allá de los riesgos de censura en el dictamen, que ya han sido advertidos de forma pública y reiterada, lo que verdaderamente llama la atención es la ilógica desproporción con la que Morena “atiende” los principales delitos que aquejan a la sociedad mexicana. Cuando se trata de narcotráfico, la política es de “abrazos, no balazos” y la estrategia es “atender a las causas”, pero cuando se trata de “violencia” en una manifestación en contra de la inseguridad, la respuesta es el uso de la fuerza pública y los arrestos a los manifestantes para procesarlos por “tentativa de homicidio”. El Estado es más eficiente deteniendo a los manifestantes por tentativa de homicidio, que a los narcotraficantes por los homicidios que cometen a diario.

Otro contraste se aprecia en el rigor con el que se sancionan ahora los delitos fiscales. Cuando se presume que un contribuyente ha cometido alguno, la ley prevé la prisión preventiva, bloqueo de cuentas bancarias y se restringe el acceso a la suspensión en el amparo, incluso si no se ha probado el delito. Y ahora, próximamente cualquier publicación incómoda en una plataforma digital podría ser extorsión y castigarse con prisión sin que se deba acreditar el uso de violencia, amenaza o intimidación. ¿Por qué hay abrazos para los narcotraficantes, y arrestos para los manifestantes? ¿Por qué no se “atiende a las causas” de una marcha, o de las “extorsiones” por Internet? Supongo que atender a las causas de la presunta evasión fiscal, ya es mucho pedir.

La asimetría en las políticas y la regulación de los delitos en México son un reflejo de las prioridades del Gobierno en turno. Ojalá los legisladores empezaran a poner más atención en ello, a la hora de revisar y votar iniciativas.

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