Este mes cuenta con el feriado nacional del martes 24 de marzo, fecha en la que se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Ante la proximidad de esta jornada, muchos trabajadores planifican sus descansos y consultan si existe la posibilidad de disfrutar de un fin de semana largo.
La ley de Establecimiento de Feriados y de Fines de Semana Largos (27.399) establece que el 24 de marzo es considerado un feriado nacional en nuestro país. Este tiene carácter inamovible, por lo cual no se puede correr de fecha para formar un fin de semana largo. Dado que este año cae un martes, el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia se conmemora un día de semana.
De todos modos, el Poder Ejecutivo dispuso que el lunes 23 de marzo sea un día no laborable con fines turísticos para facilitar el descanso y promover el turismo. Esta medida otorga a ciertos sectores la posibilidad de enlazar el feriado nacional con el fin de semana previo, lo cual genera un receso de cuatro días para una parte importante de la ciudadanía.
La Ley de Contrato de Trabajo marca una distinción clara entre ambos conceptos. En los feriados nacionales, rigen las normas legales del descanso dominical, lo que significa que el trabajador cuenta con la prohibición de realizar tareas habituales.
En cambio, los días no laborables poseen un carácter optativo para el empleador, quien decide si exige la prestación de servicios o si otorga la jornada de descanso al trabajador sin obligación de pago doble.
La normativa vigente establece que el 24 de marzo, al tratarse de un feriado nacional inamovible, el empleador debe abonar el doble de una jornada habitual si el empleado presta servicios. La ley 20.744 detalla que el trabajador recibe el salario correspondiente aun cuando el feriado coincida con un domingo, y percibe una remuneración adicional equivalente a una jornada de trabajo si cumple tareas durante ese día.
En el caso del día no laborable del lunes 23, la remuneración es diferente. Si el empleador decide que el trabajador cumpla con sus tareas habituales, el empleado recibe su salario simple. Esta jornada queda sujeta a la voluntad del empleador, a diferencia del feriado nacional donde la ley impone reglas estrictas sobre el descanso y la compensación salarial.
El fin de semana extendido de marzo beneficia principalmente a la administración pública, entidades bancarias y el sector educativo. Estos rubros suelen adoptar el asueto completo, lo que permite a sus empleados gozar del sábado 21, domingo 22, lunes 23 y martes 24. El alcance depende en última instancia de la actividad específica de cada rubro y de las directrices que imponga cada empresa privada o institución pública.
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.


