El tribunal revocó el rechazo de primera instancia y otorgó una medida cautelar que suspende la resolución de ANSES que había dado de baja el beneficio como viuEl tribunal revocó el rechazo de primera instancia y otorgó una medida cautelar que suspende la resolución de ANSES que había dado de baja el beneficio como viu

La Cámara de Seguridad Social restituyó de forma provisoria la pensión de Cristina Kirchner

2026/02/13 02:36
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La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó restituir de manera provisoria la pensión vitalicia que Cristina Fernández de Kirchner percibía como viuda del ex presidente Néstor Kirchner y que había sido dada de baja por la ANSES tras la confirmación de su condena en la causa Vialidad.

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El tribunal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la medida cautelar solicitada por la ex mandataria y dispuso suspender los efectos de la Resolución 2024-1092-ANSES, que había dejado sin efecto el beneficio previsional. La restitución regirá mientras se tramite el juicio principal en el que se discute la legalidad de la decisión administrativa.

La baja de la pensión se produjo luego de que quedara firme la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa Vialidad. El Gobierno nacional sostuvo que las asignaciones mensuales vitalicias previstas en la Ley 24.018 constituyen una contraprestación vinculada al honor y el buen desempeño en el cargo, argumento que consideró incompatible con una condena penal por corrupción.

Cristina Kirchner inició una demanda para que se declare la nulidad de la resolución de ANSES y, en forma previa, pidió una medida cautelar para volver a cobrar la pensión por viudez. Su defensa sostuvo que se trata de un ingreso de carácter alimentario y que la ex presidenta se encontraba en una situación de desprotección, además de tener bienes inhibidos en el marco de causas judiciales.

En un primer momento, el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1 rechazó el planteo al considerar que la cuestión requería un análisis más profundo. Sin embargo, la Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación.

Los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque señalaron que corresponde otorgar “prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo”.

En su voto, Russo sostuvo que el acto administrativo cuestionado no exhibe, en esta etapa inicial, “un nexo causal claro y suficiente” entre los fundamentos invocados y la baja del beneficio cuya rehabilitación se solicita. No obstante, aclaró que ese análisis deberá realizarse con mayor profundidad al momento de dictar sentencia definitiva.

El tribunal también consideró configurado el requisito de peligro en la demora, al entender que la suspensión del beneficio priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria, lo que podría generar un perjuicio actual y de difícil reparación ulterior.

La Cámara aclaró que la medida tiene carácter estrictamente provisorio y no interfiere con lo que eventualmente pueda resolver la Justicia en materia de ejecución penal respecto de las penas accesorias derivadas de la condena.

Tras conocerse la decisión, fuentes del Ministerio de Capital Humano adelantaron que el Gobierno presentará un recurso federal extraordinario para intentar dejar sin efecto la cautelar y sostener la baja del beneficio.

De este modo, mientras se sustancia el proceso principal contra la ANSES, la ex presidenta volverá a percibir la pensión derivada del fallecimiento de Néstor Kirchner, en una controversia que combina aristas previsionales, administrativas y penales y que todavía espera una definición de fondo.

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