El registro de usuarios de telefonía móvil será obligatorio para líneas de prepago y pospago en todo México. (Fotoarte El Financiero / Crédito: Shutterstock)El registro de usuarios de telefonía móvil será obligatorio para líneas de prepago y pospago en todo México. (Fotoarte El Financiero / Crédito: Shutterstock)

Registro de usuarios de telefonía móvil en México: ¿Cuándo es la fecha límite y qué pasará el 9 de enero?

2026/01/08 06:22
Lectura de 4 min
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A partir del 9 de enero de 2026 todos los mexicanos deberán realizar el registro de usuarios de telefonía móvil y así evitar que su línea sea suspendida o dada de baja. La medida entra en vigor luego de que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobara los lineamientos para la creación de un padrón nacional de líneas telefónicas.

Se trata de un proceso obligatorio que tiene como finalidad la identificación de todas las líneas móviles existentes, las cuales deberán estar asociadas a una persona física o moral. Por ello, aquellas líneas que no estén ligadas a una persona, eventualmente serán suspendidas.

Según lo establecido por la CRT, la nueva regulación formaliza el registro que ya se realiza en los servicios de pospago y busca eliminar el anonimato que facilita la comisión de delitos como fraude y extorsión a través de llamadas y mensajes telefónicos.

En un comunicado, la dependencia aseguró que la información personal de los usuarios será resguardada por los operadores de telefonía, quienes deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Si aún tienes dudas sobre cómo registrar tu línea, ya sea que tu proveedor sea Telcel, AT&T, Movistar u otra compañía, o sobre cuál es la fecha límite para hacerlo, aquí te explicamos todo lo que debes saber sobre el registro de usuarios de telefonía móvil.

Esto pasará con tu línea a partir del 9 de enero de 2026

Desde el viernes 9 de enero de 2026, todos los usuarios deberán iniciar el registro para vincular su número telefónico con sus datos personales. Los operadores únicamente podrán solicitar información básica, entre la que se incluye:

  • Nombre completo o razón social
  • CURP o RFC
  • Número telefónico
  • Identificación oficial vigente, como credencial para votar (INE) o pasaporte

De acuerdo con los lineamientos de la CRT, las empresas de telecomunicaciones deberán notificar a los usuarios que no hayan realizado el trámite para que regularicen su situación dentro del plazo establecido.

¿Hasta qué fecha se podrá realizar el registro de usuarios de telefonía móvil?

Las personas usuarias deberán acudir a su Centro de Atención al Cliente (CAC) para solicitar la vinculación de su número telefónico a partir del 9 de enero y hasta 120 días posteriores, es decir, que tienen como fecha límite el 30 de junio de 2026.

En caso de que, después de ese periodo, la línea no esté asociada a una persona física o moral, el servicio podrá ser suspendido temporalmente o cancelado de forma definitiva. Esta disposición aplicará tanto para líneas de prepago como de pospago, aunque en este último caso el registro ya forma parte del proceso de contratación.

La CRT aclaró que no habrá sanciones por no realizar el trámite; sin embargo, la normativa obliga a las compañías a condicionar la prestación del servicio —llamadas, mensajes SMS y comunicaciones por internet— a la correcta vinculación del número.

Por ello recomendó a los usuarios realizar el trámite con anticipación para evitar afectaciones en el servicio.

¿Cómo y dónde hacer el registro de usuarios de telefonía móvil?

El registro nacional de usuarios de telefonía móvil se realizará directamente a través de los operadores de telefonía, ya sea de manera digital o presencial. Para completar el trámite, se solicitarán datos de identificación dependiendo de si eres persona física, moral o extranjera.

Para personas físicas

  • Identificación oficial vigente con fotografía
  • CURP

Para personas morales

  • Razón social de la empresa
  • RFC
  • Identificación oficial del representante legal
  • Se habilitará el uso de la e.firma (Firma Electrónica Avanzada) para validar el proceso.

Para extranjeros

  • Pasaporte vigente
  • CURP temporal si es residente en México.
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