David Vicenteño El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala y del Código Penal de esa entidad, para que las víctimas de violación, que decidan interrumpir su embarazo, tengan que iniciar denuncias o procesos legales para recibir atención médica. El proyecto, elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, planteó que con este tipo de requisitos se desconocía la urgencia real de la atención en estos casos, además de ignorar las barreras que enfrentan las víctimas para denunciar. Se indicó que condiciones como el miedo, la estigmatización y la presión o las amenazas, generan una desigualdad injustificada en el acceso efectivo al derecho a la salud.   Con este fallo las instituciones de salud deberán brindar atención inmediata sin condicionamientos, por la gravedad de los casos de violencia sexual”, explicó la ponencia de ministra Esquivel Mossa. En otro de los puntos del proyecto, la SCJN también reconoció la capacidad de niñas y adolescentes para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva tras sufrir violación, y de esta forma acceder al servicio de anticoncepción de emergencia, sin consentimiento de sus tutores. En su presentación, la ministra ponente consideró que con esta medida se busca garantizar el derecho constitucional a la salud de manera efectiva e inmediata, y se eliminan las barreras que dejaban en desprotección a las víctimas. La resolución del Pleno de la Corte sostuvo que requerir el consentimiento de una persona representante legal representa una barrera significativa para el ejercicio efectivo de los derechos reproductivos de las víctimas. Esta exigencia limita su capacidad para tomar decisiones urgentes e informadas sobre su salud y puede disuadirlas de buscar atención médica oportuna”, se indicó.         JCS Contenidos Relacionados: La Suprema Corte avala cobrar a Uber y DiDi por usar infraestructura urbanaSCJN ordena “congelar” amparos contra la reforma judicial Corte Suprema confirma que Bolsonaro seguirá en prisión por intento de fugaDavid Vicenteño El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala y del Código Penal de esa entidad, para que las víctimas de violación, que decidan interrumpir su embarazo, tengan que iniciar denuncias o procesos legales para recibir atención médica. El proyecto, elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, planteó que con este tipo de requisitos se desconocía la urgencia real de la atención en estos casos, además de ignorar las barreras que enfrentan las víctimas para denunciar. Se indicó que condiciones como el miedo, la estigmatización y la presión o las amenazas, generan una desigualdad injustificada en el acceso efectivo al derecho a la salud.   Con este fallo las instituciones de salud deberán brindar atención inmediata sin condicionamientos, por la gravedad de los casos de violencia sexual”, explicó la ponencia de ministra Esquivel Mossa. En otro de los puntos del proyecto, la SCJN también reconoció la capacidad de niñas y adolescentes para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva tras sufrir violación, y de esta forma acceder al servicio de anticoncepción de emergencia, sin consentimiento de sus tutores. En su presentación, la ministra ponente consideró que con esta medida se busca garantizar el derecho constitucional a la salud de manera efectiva e inmediata, y se eliminan las barreras que dejaban en desprotección a las víctimas. La resolución del Pleno de la Corte sostuvo que requerir el consentimiento de una persona representante legal representa una barrera significativa para el ejercicio efectivo de los derechos reproductivos de las víctimas. Esta exigencia limita su capacidad para tomar decisiones urgentes e informadas sobre su salud y puede disuadirlas de buscar atención médica oportuna”, se indicó.         JCS Contenidos Relacionados: La Suprema Corte avala cobrar a Uber y DiDi por usar infraestructura urbanaSCJN ordena “congelar” amparos contra la reforma judicial Corte Suprema confirma que Bolsonaro seguirá en prisión por intento de fuga

SCJN elimina restricciones para interrupción del embarazo en Tlaxcala

2025/12/03 07:22
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala y del Código Penal de esa entidad, para que las víctimas de violación, que decidan interrumpir su embarazo, tengan que iniciar denuncias o procesos legales para recibir atención médica.

El proyecto, elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, planteó que con este tipo de requisitos se desconocía la urgencia real de la atención en estos casos, además de ignorar las barreras que enfrentan las víctimas para denunciar.

Se indicó que condiciones como el miedo, la estigmatización y la presión o las amenazas, generan una desigualdad injustificada en el acceso efectivo al derecho a la salud.  

En otro de los puntos del proyecto, la SCJN también reconoció la capacidad de niñas y adolescentes para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva tras sufrir violación, y de esta forma acceder al servicio de anticoncepción de emergencia, sin consentimiento de sus tutores.

En su presentación, la ministra ponente consideró que con esta medida se busca garantizar el derecho constitucional a la salud de manera efectiva e inmediata, y se eliminan las barreras que dejaban en desprotección a las víctimas.

La resolución del Pleno de la Corte sostuvo que requerir el consentimiento de una persona representante legal representa una barrera significativa para el ejercicio efectivo de los derechos reproductivos de las víctimas.

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