La Legislatura de Florida avanza con una iniciativa que podría modificar de manera sustancial el panorama habitacional en todo el estado. Se trata del proyecto CS/HB 313, una propuesta que apunta directamente a uno de los ejes centrales del debate inmobiliario: la escasez de viviendas accesibles y el rol que pueden jugar las llamadas unidades de vivienda accesorias.
El proyecto CS/HB 313, titulado formalmente “Housing”, fue impulsado en la Cámara de Representantes de Florida y actualmente se encuentra bajo análisis del Subcomité de Asuntos Intergubernamentales.
Según surge del propio texto legislativo, la iniciativa busca pasar de un esquema de autorización voluntaria a uno de obligatoriedad para los gobiernos locales, en lo que respecta a la adopción de ordenanzas que permitan las unidades de vivienda accesorias, conocidas como ADU por sus siglas en inglés.
El corazón de la propuesta radica en exigir que, antes del 1° de diciembre de 2026, condados y municipios adopten normas que autoricen estas unidades “por derecho”, es decir, con aprobación directa y sin procesos discrecionales como audiencias públicas, permisos especiales o excepciones condicionadas. El texto aclara que estas ordenanzas deberán aplicarse de manera prospectiva, únicamente a las unidades aprobadas después de su adopción formal.
El proyecto dedica un apartado completo a definir con precisión los conceptos clave que sustentan la reforma. Allí se establece que una unidad de vivienda accesoria es una vivienda secundaria o complementaria que cuenta con cocina, baño y espacio para dormir de manera independiente, y que puede ubicarse dentro de la misma estructura de la vivienda principal o en el mismo terreno.
También se introduce la definición de “vivienda principal”, entendida como la casa unifamiliar existente o proyectada en la propiedad donde se instalaría la unidad accesoria. Esta diferenciación resulta central para entender los alcances fiscales y de planificación urbana que propone la ley.
En paralelo, el texto detalla qué se considera alquiler accesible: aquel en el que el costo mensual del arrendamiento y los servicios no supera el 30% del ingreso anual ajustado de personas clasificadas como de ingresos extremadamente bajos, muy bajos, bajos o moderados, categorías que remiten a definiciones ya vigentes en los estatutos de Florida.
Uno de los puntos del proyecto es la enumeración explícita de las restricciones que los gobiernos locales no podrán imponer al regular las unidades accesorias.
El objetivo, según se desprende del articulado, es evitar que las ordenanzas terminen por desalentar la construcción de este tipo de viviendas mediante requisitos adicionales.
Entre las prohibiciones más significativas, se destacan:
Estas disposiciones buscan garantizar que las ADU se integren al tejido urbano existente sin trabas administrativas adicionales, un aspecto que el propio proyecto subraya al definir el concepto de “por derecho”.
El proyecto establece una fecha de entrada en vigor clara: el 1° de julio de 2026. A partir de ese momento, y siempre que cuente con la firma del gobernador, los gobiernos locales estarán obligados a avanzar en la adopción de las ordenanzas correspondientes dentro del plazo fijado.
Tal como surge del texto oficial del proyecto CS/HB 313, la iniciativa no solo redefine el rol de las unidades de vivienda accesorias, sino que propone un cambio estructural en la manera en que Florida aborda la crisis de acceso a la vivienda.

